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De Cooperativa En Lucha Juana Azurduy |
Supongamos que
Según a quién le vendamos, se deberá emitir una factura diferente. En cada caso debemos preguntar a nuestro comprador qué condición es ante IVA.
Por ejemplo:
cant | descripción | Valor unit | Valor total |
20 | Remeras… | 7.00 | 140.00 |
Iva (140.00 x 21/100) +140 | 29.40 | ||
TOTAL | 169.40 |
Se le cobrará a la cooperativa $169.40 que comprende el precio de las remeras más el iva. Para llegar a ese resultado le sumamos al precio que habíamos definido el monto total de iva, que resulta de multiplicar el total por 21%.
cant | descripción | Valor unit | Valor total |
20 | Remeras (7*10.5/100) + 7 | 7.735 | 154.70 |
TOTAL | 154.70 |
De manera similar al caso anterior, se le cobrará al Estado $154.70 que comprende el precio de las remeras más el Iva. En este caso al precio definido le sumamos 10.5% que es la alícuota que debemos pagar por las ventas al Estado.
cant | descripción | Valor unit | Valor total |
20 | Remeras (7 x 21/100) + 7 | 8.47 | 169.40 |
TOTAL | 169.40 |
Al monotributista también le cobramos el IVA, pero se lo sumamos al precio de cada remera sin necesidad de separar cada concepto. Entonces al precio que definimos para cada remera le sumamos el 21% que corresponde a IVA ($7 x 21/100= 1.47. Cada remera la cobramos $7 + $1.47= $8.47)
cant | descripción | Valor unit | Valor total |
20 | Remeras (7 x 21/100) + 7 | 8.47 | 169.40 |
TOTAL | 169.40 |
Ejemplos a desarrollar:
VENTAS
Rta: FACTURA A o M: 10 x 20 = 200- Iva: 0.21 x 200 = 42- Total: 242
Rta: FACTURA B: 150 + 150 x 0.21 = 181.15. 181.15 x 2 = 362.30. Se factura por el total.
Rta: FACTURA B: 5 x 200 = 1000. Iva: 1000 x 0.105 = 105. Total = 1105 (no se discrimina iva)
Rta: FACTURA B: 8 + 8 x 0.21 = 9.68. x 4 = 38.72. Se factura por el total
Rta: FACTURA B. 5 x $300 = $1500. Iva: $1500 x 0.21 = 315. Total: 1815.(no se discrimina iva)
COMPRAS
Se debe contemplar a la hora de comprar qué tipo de contribuyente es nuestro proveedor. El iva que pagamos cuando compramos podemos utilizarlo como crédito fiscal (es decir a favor en la liquidación mensual de iva) sólo en los casos en que éste se encuentre discriminado en la factura (factura A o M).
Si se trata de un monotributista, nos dará una factura C que no discrimina iva. En ese caso no podremos tomar el iva de la compra como crédito fiscal.
Si nuestro proveedor es un responsable inscripto debemos pedirle una factura A o M. En este
7.735 | 154.70 |
caso sí tendremos el iva discriminado y podremos computarlo como crédito fiscal.
Es decir, a la hora de comprar tenemos que evaluar qué es más conveniente, comprar a un monotributista o a un responsable inscripto.
Debemos comparar los precios netos y en base a ese precio determinar a cual nos conviene comprar.