
viernes, 22 de agosto de 2008
lunes, 18 de agosto de 2008
Taller de Facturación - 01
se va a repetir para los que quieran participar.
Supongamos que
Según a quién le vendamos, se deberá emitir una factura diferente. En cada caso debemos preguntar a nuestro comprador qué condición es ante IVA.
Por ejemplo:
- Le vendemos a otra cooperativa: Debemos entregar una factura A (o M) que se completará:
cant | descripción | Valor unit | Valor total |
20 | Remeras… | 7.00 | 140.00 |
Iva (140.00 x 21/100) +140 | 29.40 | ||
TOTAL | 169.40 |
Se le cobrará a la cooperativa $169.40 que comprende el precio de las remeras más el iva. Para llegar a ese resultado le sumamos al precio que habíamos definido el monto total de iva, que resulta de multiplicar el total por 21%.
- Le vendemos al Estado: Las ventas que hacemos al Estado están gravadas al 10,5%. . Entonces no necesitamos discriminar el IVA, así que emitiremos una factura B:
cant | descripción | Valor unit | Valor total |
20 | Remeras (7*10.5/100) + 7 | 7.735 | 154.70 |
TOTAL | 154.70 |
De manera similar al caso anterior, se le cobrará al Estado $154.70 que comprende el precio de las remeras más el Iva. En este caso al precio definido le sumamos 10.5% que es la alícuota que debemos pagar por las ventas al Estado.
- Le vendemos a un monotributista, que puede ser un comercio. Entonces no necesitamos discriminar el IVA, así que emitiremos una factura B:
cant | descripción | Valor unit | Valor total |
20 | Remeras (7 x 21/100) + 7 | 8.47 | 169.40 |
TOTAL | 169.40 |
Al monotributista también le cobramos el IVA, pero se lo sumamos al precio de cada remera sin necesidad de separar cada concepto. Entonces al precio que definimos para cada remera le sumamos el 21% que corresponde a IVA ($7 x 21/100= 1.47. Cada remera la cobramos $7 + $1.47= $8.47)
- Le vendemos a un consumidor final que puede ser alguien que quiere las remeras para uso personal no para venderlas. En este caso tampoco se necesita discriminar el monto de iva y la factura B se confecciona igual que para el monotributista y el cálculo es el mismo.
cant | descripción | Valor unit | Valor total |
20 | Remeras (7 x 21/100) + 7 | 8.47 | 169.40 |
TOTAL | 169.40 |
Ejemplos a desarrollar:
VENTAS
- Se venden 10 uniformes de trabajo a otra cooperativa (RI). El precio de cada uno de ellos es $20.00
Rta: FACTURA A o M: 10 x 20 = 200- Iva: 0.21 x 200 = 42- Total: 242
- Se venden 2 escritorios a un consumidor final. Cada uno tiene un precio de $150
Rta: FACTURA B: 150 + 150 x 0.21 = 181.15. 181.15 x 2 = 362.30. Se factura por el total.
- Se venden 5 bibliotecas o repisas a un Colegio Público. El precio de cada una es $200.
Rta: FACTURA B: 5 x 200 = 1000. Iva: 1000 x 0.105 = 105. Total = 1105 (no se discrimina iva)
- Se venden 4 pizzas a un consumidor final. Cada una tiene un precio de $ 8.
Rta: FACTURA B: 8 + 8 x 0.21 = 9.68. x 4 = 38.72. Se factura por el total
- Venta de 5 puertas de reja al Estado. Cada una tiene un precio de $300
Rta: FACTURA B. 5 x $300 = $1500. Iva: $1500 x 0.21 = 315. Total: 1815.(no se discrimina iva)
COMPRAS
Se debe contemplar a la hora de comprar qué tipo de contribuyente es nuestro proveedor. El iva que pagamos cuando compramos podemos utilizarlo como crédito fiscal (es decir a favor en la liquidación mensual de iva) sólo en los casos en que éste se encuentre discriminado en la factura (factura A o M).
Si se trata de un monotributista, nos dará una factura C que no discrimina iva. En ese caso no podremos tomar el iva de la compra como crédito fiscal.
Si nuestro proveedor es un responsable inscripto debemos pedirle una factura A o M. En este
7.735 | 154.70 |
caso sí tendremos el iva discriminado y podremos computarlo como crédito fiscal.
Es decir, a la hora de comprar tenemos que evaluar qué es más conveniente, comprar a un monotributista o a un responsable inscripto.
Debemos comparar los precios netos y en base a ese precio determinar a cual nos conviene comprar.